Sin bien la fecha real es del 7 de septiembre, hoy lo demostraron oficialmente, pusieron una imágen alusiva en todos los “googles”.
Con la inteligencia que me caracteriza (jojo), analicemos la foto. Como ven, hay una “V” hecha en velas, más un III, esto significa “8″ en números romanos.
Y la otra es la “G” que está reflejada con un 8.
Mi amigo Fran lanzó su nuevo blog, WeblogDigital, orientado a las nuevas tecnologías de juegos y consolas, todo lo relacionado al apasionante mundo de los gammers.
Para ello os ofreceré noticias constantemente actualizadas y repletas de contenido que os permita estar informado al instante de todo lo que sucede en el mundo de los Videojuegos.
Además tiene en vista un proyecto de creación de un wiki sobre el tema, así que están invitados a participar en él.
Así que ya saben, si quieren estar a la última en el rubro, NO pueden dejar de visitar WeblogDigital!
Suerte Fran en este nuevo proyecto!!
Hace unos días les comentaba sobre un sitio donde había cientos de tutoriales de configuración para routers, ahora encuentro otro sitio, donde ofrecen una LARGA lista de contraseñas por defecto para acceder a routers “con problemas”.
Estas contraseñas vienen de fábrica y son provistas por el fabricante en caso de inconveniente. Sin dudas, este sitio tiene que ir a parar a sus bookmarks.
NETeando™ encontre una BSoD y se me ocurrió hacer un compiladito, puse las más originales, calculo que algunas deben ser fakes, pero no importa…
Como adelanto les dejo esta: a ver si después de ver esto se animan a volar!

Seguimos con las imágenes (en un rato se viene otro post con imágenes), ahora le toca el turno a las mujeres geeks, que les parecen estas prendas…
El proyecto prevé modificar el artículo 153 del Código Penal, que incluiría la pena para la intrusión en un email ajeno.
El diputado Osvaldo Nemirovsky explicó en Radio 10 los alcances del proyecto para incluir las nuevas tecnologías como medios para acceder a emails ajenos.
“Hay una vertiginosidad en la tecnología que debemos incorporar a las nuevas tecnologías como medios de comisión de delitos”“Será reprimido con prisión de un mes a un año el que abriere indebidamente una carta, un correo electrónico, transmitido y/o almacenado, o un despacho telegráfico o telefónico o de otra naturaleza que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una carta, de un correo electrónico, de un pliego, de un despacho o de otro papel privado aunque no esté cerrado; o suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o correo electrónico que no le este dirigida.
“Se le aplicará prisión de seis meses a dos años, si el culpable comunicare a otro, o transmitiere, o publicare el contenido de la carta, correo electrónico, escrito o despacho”
“Lo que analizamos la comisión de delitos y hay que incorporar la comunicación electrónica”, refirió.